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Resolución
232/2021
FISSA recurre la adjudicación del contrato a TAGESA, alegando que se le permitió modificar su oferta económica al solicitarle aclaraciones. FISSA también cuestiona la valoración de los criterios sujetos a juicio de valor y la viabilidad económica de la oferta de TAGESA.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1.a) y 2.c) de la LCSP
- Artículo 50.1 d) de la LCSP
- Artículo 52 de la LCSP
- Artículo 149 de la LCSP
- Artículo 151 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Artículo 10.1 letra k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Esta resolución cita a:
- Andalucía 197/2021 2021-05-20
- Andalucía 349/2020 2020-10-22
- Andalucía 346/2019 2019-10-24
- Andalucía 339/2019 2019-10-18
- Andalucía 139/2019 2019-05-03
- Andalucía 65/2019 2019-03-14
- Andalucía 7/2019 2019-01-17
- Andalucía 241/2018 2018-08-16
- Andalucía 64/2018 2018-03-08
- Central 1097/2015 2015-11-26
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 81/2023 2023-02-15
- Andalucía 423/2022 2022-08-11
- Andalucía 579/2021 2021-12-23
- Andalucía 513/2021 2021-12-03
- Andalucía 514/2021 2021-12-03
- Andalucía 515/2021 2021-12-03
- Andalucía 512/2021 2021-12-03
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