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Resolución 64/2018

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Hechos

ISOFT SANIDAD, S.A. interpone recurso contra la adjudicación del contrato a VITRO, S.A. ISOFT había sido excluida previamente por no acreditar la solvencia económica exigida en el pliego. ISOFT argumenta que la adjudicación a VITRO es incorrecta porque su oferta técnica fue puntuada con cero puntos en un criterio y porque incumple requisitos técnicos del pliego. ISOFT solicita que se declare desierta la licitación.

  • TRLCSP
  • TRLCSP artículo 40
  • TRLCSP artículo 41.3
  • TRLCSP artículo 42
  • TRLCSP artículo 44.2
  • TRLCSP artículo 47.5
  • TRLCSP artículo 49.1
  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Orden de 14 de diciembre de 2011
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa artículos 10.1
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa artículos 46.1

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