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Resolución
529/2022
GAESA ASESORES S.L.P. interpone recurso contra el anuncio de licitación y los pliegos del contrato de servicio externo de asesoramiento y gestión contable, fiscal y laboral especializado en PANAP’s. La recurrente alega la exigencia de una experiencia subjetiva que no influye en la calidad del servicio y la falta de motivación de la experiencia exigida para la valoración. EGEMASA desiste del procedimiento de adjudicación debido a un error en la redacción de los pliegos, concretamente en el criterio de valoración objetivo nº 2, que no se ajusta a la doctrina del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Decreto 120/2014, de 1 de agosto
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
- artículo 75.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
- artículo 145 de la LCSP
- artículo 152.4 LCSP
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- artículo 21.1 de la Ley 39/2015
- artículo 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Andalucía 56/2020 2020-02-14
- Andalucía 225/2018 2018-07-20
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 532/2022 2022-11-07
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