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Resolución 0670/2020

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Hechos

El Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos interpone recurso contra los pliegos de la licitación al considerar que vulneran el principio de proporcionalidad y los principios de igualdad y concurrencia, al exigir que el equipo mínimo para la ejecución del contrato esté liderado por un Arquitecto Superior, excluyendo a los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

  • Artículo 46.4 de la LCSP
  • Artículo 22.1.1º del RPERMC
  • Artículo 44.1.a) y 2.a) de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 241 del Real Decreto 814/2015
  • Artículo 50.1.c) de la LCSP
  • Artículo 74 de la LCSP
  • Artículo 1 de la LCSP
  • Artículo 76 de la LCSP
  • Artículo 211.1.f) de la LCSP
  • Artículo 192.1 de la LCSP
  • Artículo 57.3 de la LCSP
  • Artículo 10.2 de la Ley 38/1999
  • Artículo 2 de la Ley 38/1999
  • Artículo 58 de la LCSP

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