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Resolución
0670/2020
El Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos interpone recurso contra los pliegos de la licitación al considerar que vulneran el principio de proporcionalidad y los principios de igualdad y concurrencia, al exigir que el equipo mínimo para la ejecución del contrato esté liderado por un Arquitecto Superior, excluyendo a los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
- Artículo 46.4 de la LCSP
- Artículo 22.1.1º del RPERMC
- Artículo 44.1.a) y 2.a) de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 241 del Real Decreto 814/2015
- Artículo 50.1.c) de la LCSP
- Artículo 74 de la LCSP
- Artículo 1 de la LCSP
- Artículo 76 de la LCSP
- Artículo 211.1.f) de la LCSP
- Artículo 192.1 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 10.2 de la Ley 38/1999
- Artículo 2 de la Ley 38/1999
- Artículo 58 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Central 1463/2019 2019-12-19
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