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Resolución
217/2018
ASPEL recurre los pliegos del contrato de limpieza de centros docentes en Málaga, alegando que los criterios de adjudicación no se ajustan a la ley y vulneran la libre competencia. Considera que se da demasiado peso al precio en detrimento de la calidad y que la fórmula para valorar las ofertas económicas es penalizante.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1 a) y 2 a) de la LCSP
- Artículo 50.1 c) de la LCSP
- Artículo 145 de la LCSP
- Artículo 146.2 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Artículo 4.2 de la Ley 39/2015
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
- Artículo 24.1 del Real Decreto 814/2015
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Orden de 14 de diciembre de 2011
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
- Artículos 10.1 letra K) y 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Andalucía 113/2017 2017-05-25
Esta resolución aparece citada en:
- Canarias 210/2018 2018-11-30
- Andalucía 271/2018 2018-09-28
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