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Resolución
1021/2018
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
12 de noviembre de 2018
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
Un abogado recurre los pliegos y la memoria justificativa del contrato de servicios de asistencia jurídica del Ayuntamiento de Denia. Alega que los requisitos de solvencia técnica son excesivos, que la valoración de las sentencias favorables es ilegal, que no se especifica la distribución de puntos en los subcriterios de valoración y que la cláusula de no competencia post-contractual es injustificada.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 45.1 LCSP
- Artículo 46.2 LCSP
- Artículo 56.2 LCSP
- Artículo 44.2.a) LCSP
- Artículo 50.1.b) LCSP
- Artículo 48 LCSP
- Artículo 44.1.a) LCSP
- Artículo 1 LCSP
- Artículo 74.2 LCSP
- Artículo 145 LCSP
- Artículo 145.2.2º LCSP
- Artículo 145.5.c LCSP
- Artículo 58.2 LCSP
- Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC)
- Artículo 209.1ª LEC
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
- Artículo 10.1.k) Ley 29/1998
- Artículo 46.1 Ley 29/1998
- Artículo 13.5 Código Deontológico de la Abogacía Española
Esta resolución aparece citada en:
- Cataluña 90/2021 2021-03-25
- Central 0407/2020 2020-03-19
- Madrid 104/2019 2019-03-20
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