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Resolución
425/2025
La empresa VITHAS SANIDAD MALAGA INTERNACIONAL, S.L. presenta un recurso contra la adjudicación del acuerdo marco al considerar que hubo errores en la valoración de su oferta en relación con los criterios de calidad, específicamente en las agrupaciones 2, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 y lotes: 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38 y 39. Alega que no se valoraron correctamente los criterios 5 y 6 de calidad y que se utilizaron subcriterios no recogidos en los pliegos.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46.1 LCSP
- Artículo 44 apartados 1.b) y 2.c) LCSP
- Artículo 50.1.d) LCSP
- Artículo 48 LCSP
- Artículo 56 LCSP
- Artículo 58.2 LCSP
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
- Artículo 81 RGLCAP
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
- Artículos 10.1 letra k) y 46.1 Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Andalucía 444/2024 2024-10-18
- Andalucía 190/2024 2024-05-06
- Andalucía 455/2023 2023-09-15
- Andalucía 65/2019 2019-03-14
- Andalucía 34/2019 2019-02-14
- Central 1097/2015 2015-11-26
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