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Resolución
455/2020
La UTE Basterra Salas fue excluida de la licitación por no presentar los formatos A3 en papel doblados en A4, como se requería en los pliegos. El recurrente alega que los pliegos son contradictorios y que la presentación electrónica debería ser suficiente. La Universidad de Almería argumenta que los pliegos son claros y que la presentación en papel era obligatoria.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, artículo 11
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, artículo 24
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, artículos 44.1.a, 44.2.b, 46.1, 48, 50.1.c, 56.2, 57.4, 132, 139.1
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículos 10.1 k, 46.1
Esta resolución cita a:
- Andalucía 303/2020 2020-09-17
- Andalucía 213/2020 2020-06-18
- Andalucía 172/2019 2019-05-23
- Andalucía 72/2019 2019-03-14
- Andalucía 61/2019 2019-03-07
- Andalucía 34/2019 2019-02-14
- Andalucía 309/2018 2018-11-09
- Andalucía 251/2018 2018-09-13
- Andalucía 150/2018 2018-05-23
- Andalucía 28/2018 2018-02-02
- Andalucía 242/2017 2017-11-13
- Andalucía 182/2017 2017-09-19
- Andalucía 28/2017 2017-02-09
- Andalucía 12/2017 2017-02-03
- Andalucía 323/2016 2016-12-15
- Andalucía 289/2016 2016-11-11
- Andalucía 220/2016 2016-09-16
- Andalucía 163/2016 2016-07-06
- Andalucía 108/2016 2016-05-20
- Andalucía 331/2015 2015-10-01
- Andalucía 317/2015 2015-09-15
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