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Acuerdo
24/2019
Órgano de contratación
Licitación
Parte recurrente
Fecha de resolución
28 de febrero de 2019
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La empresa recurrente presenta dos recursos: uno contra su exclusión de la licitación por considerar que su plan de trabajo no cumple con las exigencias del pliego, y otro contra la adjudicación del contrato a otra UTE. La recurrente alega que la Mesa de Contratación añadió un trámite no previsto al remitir el plan de trabajo a los servicios técnicos y que los defectos de su plan de trabajo no eran sustanciales. El Ayuntamiento defiende la exigencia del plan de trabajo y el apoyo de los servicios técnicos.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (artículos 131, 139.1, 156, 157 y 326.2)
- Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público en Aragón (artículo 17.2.a)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 57)
- Real Decreto 1098/2001, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (artículos 67.2, 81.2 y 84)
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (artículo 13)
No se ha encontrado ninguna resolución citada
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