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Resolución
482/2021
La UTE N.G.S. – ASOCIACIÓN ATEMPRA MÁLAGA Y R.M.B. presenta un recurso contra su exclusión en la licitación del contrato de Concierto social para la prestación del servicio de Atención Infantil Temprana en Andalucía, específicamente para el lote 7.C.2. Cártama. La mesa de contratación excluyó a la UTE por no subsanar correctamente la documentación previa a la adjudicación, particularmente en lo referente a la acreditación de la solvencia económica y financiera exigida en el pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP).
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46 de la Ley 9/2017
- Artículo 48 de la Ley 9/2017
- Artículo 44 apartados 1 y 2.b) de la Ley 9/2017
- Artículo 50.1 c) y g) de la Ley 9/2017
- Artículo 57.3 de la Ley 9/2017
- Artículo 58.2 de la Ley 9/2017
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Decreto 57/2020, de 22 de abril, artículo 18.4
- Decreto 152/2002, de 21 de mayo, artículo 16
- Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, artículo 68.5
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículos 10.1 letra k) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Andalucía 236/2021 2021-06-10
- Andalucía 102/2021 2021-03-18
- Andalucía 186/2020 2020-06-01
- Andalucía 146/2020 2020-06-01
- Andalucía 440/2019 2019-12-27
- Andalucía 34/2019 2019-02-14
- Central 1095/2018 2018-11-30
- Andalucía 301/2018 2018-10-23
- Andalucía 260/2018 2018-09-21
- Andalucía 33/2017 2017-02-15
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 16/2024 2024-01-12
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