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Resolución 1162/2017

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Hechos

SIECSA recurre la adjudicación del contrato a FCC Construcción S.A., alegando que su oferta, aunque considerada inicialmente baja desproporcionada, fue justificada adecuadamente y debió ser admitida y valorada. El órgano de contratación desestimó las justificaciones de SIECSA basándose en informes técnicos que cuestionaban la viabilidad de los ahorros propuestos en la oferta.

  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, (TRLCSP)
  • TRLCSP artículo 41.3
  • TRLCSP artículo 44
  • TRLCSP artículo 40, apartados 1 y 2
  • TRLCSP artículo 42
  • Directiva 2014/24/UE artículo 69
  • TRLCSP artículo 152
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, artículo 85
  • TRLCSP artículo 45
  • TRLCSP artículo 47.5
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, artículos 11.1.f) y 46.1

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