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Resolución 191/2025

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Hechos

La ASSOCIACIÓ DE MENJADORS ECOLÒGICS (AME) presenta un recurso contra los pliegos de la licitación del contrato de servicio de alimentación y monitoratge del tiempo de migdia del Institut Escola Arts. AME alega que los criterios de valoración son de imposible cumplimiento y que existen incorrecciones en la tabla de frecuencias prevista en los pliegos. El órgano de contratación se opone, argumentando que AME pretende un control de oportunidad y no de legalidad.

  • Llei 9/2017, de 8 de novembre, de contractes del sector públic (LCSP)
  • Llei 7/2011, de 27 de juliol, de mesures fiscals i financeres de la Generalitat de Catalunya, disposició addicional quarta
  • Decret 221/2013, de 3 de setembre
  • RD 814/2015, artículo 24.1
  • Llei 29/1998, de 13 de juliol, reguladora de la jurisdicció contenciosa administrativa, artículos 10.1 k) y 46.1
  • LCSP, artículo 59
  • LCSP, artículo 46.2
  • LCSP, artículo 44.1 a)
  • LCSP, artículo 44.2 a)
  • LCSP, artículo 48
  • LCSP, artículo 50.1 b)
  • LCSP, artículo 51.1
  • LCSP, artículo 39
  • LCSP, artículo 40
  • LCSP, artículos 1 y 132
  • LCSP, artículo 28
  • LCSP, artículo 116.4
  • LCSP, artículo 58.2

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