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Resolución 287/2022

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Hechos

RISCAT CONSULTORS, S.L. interpone recurso contra el pliego de cláusulas administrativas particulares del contrato de servicio de vigilancia y salvamento en la playa de Camposoto. El Ayuntamiento alega falta de legitimación de la recurrente y extemporaneidad del recurso. La recurrente se opone a la extemporaneidad, argumentando que se debe tener en cuenta la fecha de publicación del anuncio de modificación del plazo de presentación de proposiciones.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 46 de la LCSP
  • Artículo 135 de la LCSP
  • Artículo 145 de la LCSP
  • Artículo 44 apartados 1 a) y 2 a) de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 50.1 b) de la LCSP
  • Artículo 55 de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Artículo 10.3 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Decreto 120/2014, de 1 de agosto
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, artículos 10.1 letra k) y 46.1

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