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Resolución 191/2025

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Hechos

El Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba licitó un acuerdo marco para el suministro de prótesis de rodilla. La empresa EXATECH IBÉRICA S.L.U. presenta una oferta que es excluida por no alcanzar el umbral mínimo exigido en la valoración técnica. EXATECH IBÉRICA S.L.U. recurre esta decisión, alegando errores en la valoración técnica y la consideración de aspectos no recogidos en los pliegos. B. BRAUN SURGICAL S.A., otra empresa licitadora, se opone al recurso. El tribunal decide desestimar el recurso confirmando la exclusión de EXATECH IBÉRICA S.L.U.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • artículo 46 de la LCSP
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • artículo 48 de la LCSP
  • artículo 44.2 b) de la LCSP
  • artículo 44.1 b) de la LCSP
  • artículo 44.2 b) de la LCSP
  • artículo 50.1 c) de la LCSP
  • artículo 139 de la LCSP
  • artículo 124 de la LCSP
  • artículo 57.3 de la LCSP
  • artículo 58.2 de la LCSP
  • artículos 10.1 letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

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