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Resolució 145/2020

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Fets

La empresa LOGISTIUM SERVICIOS LOGÍSTICOS, S.A. presenta un recurso contra la adjudicación del contrato a ARAMBURU GUZMÁN S.L.U., alegando que su oferta fue excluida incorrectamente por presentarse fuera de plazo. LOGISTIUM argumenta que, aunque su oferta se envió por correo y llegó a la dirección postal indicada dentro del plazo de dos días hábiles estipulado en el pliego, fue rechazada porque no se registró hasta después de la jornada laboral. El órgano de contratación argumenta que la oferta se recibió fuera de plazo, aunque reconoce que fue un operario de limpieza quien recepcionó el envío en la fecha correcta.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (artículo 46.1 y 4)
  • Ley 31/2007, de 30 de octubre (artículo 3, 101.1, 102, 104.2 y 3, 106.4)
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Orden de 14 de diciembre de 2011
  • Ley 5/2010, de 11 de junio (artículos 78 a 82)
  • Decreto 120/2014, de 1 de agosto (artículo 10.3)
  • Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo
  • Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo (artículo 9)
  • Ley 43/2010, de 30 de diciembre (artículo 14)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre (artículo 30)
  • Reglamento (CEE, Euratom) nº 1182/71 del Consejo, de 3 de junio de 1971 (artículo 3.2.b)
  • Ley 29/1998, de 13 de julio (artículos 10.1 letra k) y 46.1)
  • RGLCAP (artículo 80.4)

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