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Resolución
0831/2015
El Ayuntamiento de Albacete convocó una licitación para el servicio de reposición de pavimentos. En los pliegos se exigía a los licitadores disponer de una planta de aglomerado asfáltico en Albacete o municipios cercanos. ACEX recurrió esta exigencia por considerarla restrictiva. El Ayuntamiento se allanó a eliminar dicha exigencia.
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP)
- artículo 40.1 a) del TRLCSP
- artículo 40.2 a) del TRLCSP
- artículo 41.3 del TRLCSP
- artículo 42 del TRLCSP
- artículo 43 del TRLCSP
- artículo 44 del TRLCSP
- artículo 45 del TRLCSP
- artículo 46 del TRLCSP
- artículo 47.4 del TRLCSP
- artículo 47.5 del TRLCSP
- artículo 62 del TRLCSP
- artículo 64 del TRLCSP
- artículo 64.2 del TRLCSP
- artículo 212. 1 del TRLCSP
- artículo 223.f) del TRLCSP
- Ley 29/1998
- artículo 75 de la Ley 29/1998
- artículos 10.1 k) de la Ley 29/1998
- artículos 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Central 29/2011 2011-02-08
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