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Resolución 0284/2015

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Hechos

Dos empresas recurren la adjudicación del contrato de servicio de supervisión energética, adecuación a la normativa, mantenimiento y conservación del sistema de alumbrado exterior del municipio de Palma. Una de las empresas, SAMPOL INGENERÍAS Y OBRAS SA, es descartada por falta de legitimación. La otra empresa, UTE ROIG OBRES, SERVEIS I MEDI AMBIENT SA-ENEL SOLE SRL., alega que la UTE CITELUM IBERICA SA-EMTE SERVICE SA (adjudicataria) no debió ser admitida en la licitación porque participó en la elaboración de una auditoría que formaba parte del PPT, lo que le dio una ventaja indebida.

  • Ley 30/1992
  • TRLCSP artículo 40
  • TRLCSP artículo 42
  • TRLCSP artículo 44
  • TRLCSP artículo 45
  • TRLCSP artículo 46.1
  • TRLCSP artículo 47.4
  • TRLCSP artículo 47.5
  • TRLCSP artículo 56.1
  • TRLCSP artículo 62.1 f)
  • Ley 29/1998 artículo 10.1 letra k)
  • Ley 29/1998 artículo 46.1

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