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Resolución
0986/2023
El Colegio Territorial de Arquitectos de Valencia interpone recurso contra los pliegos del contrato de servicios de redacción de proyecto, dirección de obra y coordinación de seguridad y salud para la adecuación de viales y caminos en Chiva. El recurso se basa en que no se permite a los arquitectos acreditar la solvencia técnica y en que el criterio del precio tiene un peso excesivo (75%). El Ayuntamiento, a través de un informe técnico, reconoce que los arquitectos están capacitados y que el peso del precio es excesivo, pero propone desestimar el recurso.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 90.1 de la Ley 9/2017
- Artículo 145.4 de la LCSP
- Artículo 46.2 de la LCSP
- Artículo 46.4 de la LCSP
- Artículo 48 LCSP
- Artículo 55.b) de la LCSP
- Artículo 44.2.a) LCSP
- Artículo 44.1.a) de la LCSP
- Artículo 50.1.d) LCSP
- Artículo 57.2 de la LCSP
- Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura
- Artículo 145.3.g) de la LCSP
- Artículo 10.1.k) de la Ley 29/1998
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Artículo 24 del Real Decreto 814/2015
- Real Decreto 1627/1997
Esta resolución cita a:
- Central 1089/2022 2022-09-21
- Central 1221/2020 2020-11-13
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