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Resolución
0822/2020
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
17 de julio de 2020
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La empresa SISTEMAS INTEGRALES DE MEDICINA, S.A.U. interpone recurso contra la adjudicación del contrato a FUJIFILM EUROPE GMBH SUCURSAL EN ESPAÑA, alegando una incorrecta valoración de los criterios de adjudicación que dependen de un juicio de valor. La recurrente considera que se han valorado parámetros no incluidos en los pliegos y que se ha alterado el rango de tolerancia en la ponderación de las ofertas.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 44.1 a) LCSP
- Artículo 44.2 c) LCSP
- Artículo 46.1 y 2 LCSP
- Artículo 48 LCSP
- Artículo 50 LCSP
- Artículo 51 LCSP
- Artículo 53 LCSP
- Artículo 56.2 LCSP
- Artículo 57.3 LCSP
- Artículo 58 LCSP
- Artículo 145 LCSP
- Artículo 145.5 b) LCSP
- Artículo 145.5 a) LCSP
- Artículo 146 LCSP
- Artículo 146.2 b) LCSP
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 10.1, letra k) Ley 29/1998
- Artículo 46.1 Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Central 93/2012 2012-04-17
- Central 176/2011 2011-06-28
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