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Resolución
0748/2026
El Ayuntamiento de Monóvar convocó una licitación para el servicio de recogida y tratamiento de residuos. Inicialmente se adjudicó a SAPESA, SL, pero tras un recurso de ACTÚA SERVICIOS Y MEDIO AMBIENTE, S.L., el Tribunal anuló la adjudicación y ordenó la exclusión de SAPESA. Posteriormente, la Mesa de Contratación, basándose en un informe técnico, acordó excluir también a ACTÚA SERVICIOS Y MEDIO AMBIENTE, S.L. y a FCC MEDIO AMBIENTE SAU por no cumplir con los requisitos mínimos de motorización eléctrica para ciertos vehículos, declarando desierta la licitación. ACTÚA SERVICIOS Y MEDIO AMBIENTE, S.L. recurrió esta exclusión, alegando que su oferta se ajustaba a una aclaración vinculante del órgano de contratación sobre los vehículos eléctricos requeridos.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 138.3 LCSP
- Artículo 46.4 LCSP
- Artículo 44.1.a LCSP
- Artículo 44.2.b LCSP
- Artículo 50.1.c LCSP
- Artículo 48 LCSP
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
- Real Decreto-ley 36/2020, Artículo 58.2
- Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, Disposición final trigésima primera
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, Artículo 10.1.k
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, Artículo 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 1328/2024 2024-10-24
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