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Resolución 008/2019

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Hechos

El Ayuntamiento de Madrid licitó un acuerdo marco de servicios de publicidad institucional, dividido en tres lotes. Irismedia presentó su oferta fuera de plazo para los tres lotes, tanto electrónicamente como en papel. La mesa de contratación excluyó la oferta de Irismedia por presentación fuera de plazo, argumentando que no hubo problemas técnicos en la plataforma de contratación. Irismedia recurre, alegando que la firma electrónica incrementó el peso de los documentos, impidiendo el envío en plazo, y que la exigencia de presentar una oferta conjunta para todos los lotes vulnera la igualdad entre licitadores.

  • Artículo 46.4 de la LCSP
  • Artículo 3 de la Ley 9/2010
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 50.1 de la LCSP
  • Artículo 44.1.b) y 2.b) de la LCSP
  • Artículo 56.2 de la Ley 9/2017
  • Artículo 139 de la LCSP
  • Artículo 132.1 de la LCSP
  • Artículo 58 de la LCSP
  • Artículo 56.3 de la LCSP
  • Artículo 10, letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998
  • Artículo 59 de la LCSP

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