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Resolución
0608/2025
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
24 de abril de 2025
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
EULEN, S.A. recurre la adjudicación del contrato a SAMYL FACILITY SERVICES, S.L., alegando un error en su oferta económica. Según EULEN, el precio ofertado correcto era inferior al consignado en su propuesta, aunque el IVA y el importe total eran correctos. El Ayuntamiento defendió la regularidad de su actuación basándose en que los pliegos exigían el importe base y el IVA por separado, y que la Mesa calculó el total correctamente.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 4.2 de la Ley 9/2017
- Artículo 44.2.c) de la Ley 9/2017
- Artículo 44.1.a) de la Ley 9/2017
- Artículo 46.4 de la Ley 9/2017
- Artículo 48 de la Ley 9/2017
- Artículo 50 de la Ley 9/2017
- Artículo 53 de la Ley 9/2017
- Artículo 57.3 de la Ley 9/2017
- Artículo 58.2 de la Ley 9/2017
- Artículo 84 del Real Decreto 1098/2001
- Disposición adicional decimoquinta de la Ley 9/2017
- Artículo 10.1. letra k de la Ley 29/1998
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Central 1619/2023 2023-12-14
- Central 1097/2015 2015-11-26
- Central 96/2012 2012-04-17
- Central 84/2012 2012-04-10
- Central 64/2012 2012-03-06
- Central 246/2011 2011-10-18
- Central 164/2011 2011-06-14
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