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Resolución
107/2013
La empresa recurrente fue excluida de la licitación por no concretar el importe de la oferta para cada uno de los lotes a los que licita y superar el importe de licitación fijado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Artículo 41.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
- Artículo 42 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
- Artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
- Artículo 44.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
- Artículo 86.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
- Artículo 84 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
- Artículo 115.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
- Artículo 145.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
- Artículo 47.5 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Orden de 14 de diciembre de 2011
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Esta resolución cita a:
- Andalucía 79/2013 2013-06-24
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 67/2024 2024-02-09
- Andalucía 628/2023 2023-12-22
- Andalucía 626/2023 2023-12-22
- Andalucía 629/2023 2023-12-22
- Andalucía 627/2023 2023-12-22
- Andalucía 624/2023 2023-12-22
- Andalucía 250/2023 2023-05-12
- Andalucía 574/2021 2021-12-23
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