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Resolución 371/2021

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Hechos

NESTLÉ recurre la adjudicación al considerar que su oferta para el código agrupador 214 fue descartada incorrectamente. Argumenta que, aunque la ficha técnica indicaba una concentración calórica inferior a la requerida, otra documentación presentada (etiquetas y códigos nacionales) mostraba la concentración correcta. NESTLÉ alega que se debería haber solicitado aclaración sobre este error antes de excluir su oferta.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 46 de la Ley 9/2017
  • Artículo 44.1 b) de la Ley 9/2017
  • Artículo 44.2 c) de la Ley 9/2017
  • Artículo 53 de la Ley 9/2017
  • Artículo 48 de la Ley 9/2017
  • Artículo 51.1 a) de la Ley 9/2017
  • Artículo 50.1 de la Ley 9/2017
  • Artículo 51.1 de la Ley 9/2017
  • Artículo 1 y 132.1 de la Ley 9/2017
  • Artículo 58.2 de la Ley 9/2017
  • Artículo 57.4 de la Ley 9/2017
  • Artículo 53 de la Ley 9/2017
  • Artículo 57.3 de la Ley 9/2017
  • Artículo 59 de la Ley 9/2017
  • Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya
  • Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2011
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
  • Artículo 21 del Real Decreto 814/2015
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Real decreto legislativo 1/2015, de 24 de julio
  • Directiva 2014/24/UE

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