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Resolución 1034/2018

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Hechos

Se interponen dos recursos contra la adjudicación del lote 2 a Accenture S.L.U. por presunto incumplimiento de requisitos técnicos y falta de capacidad para ofrecer servicios de firma remota cualificada según el reglamento eIDAS. Los recurrentes alegan que Accenture no figura como proveedor de servicios de confianza cualificado y que la subcontratación no subsana esta deficiencia.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • art. 44 1 a) LCSP
  • art. 3.1 f) LCSP
  • art. 3.3 c) LCSP
  • art. 22 LCSP
  • artículo 13 del RPERMC
  • artículo 44.2 de la LCSP
  • artículo 50 de la LCSP
  • art. 48 LCSP
  • art. 215 LCSP
  • artículo 75 LCSP
  • art. 150 ap.2 LCSP
  • art. 63 de la Directiva 2014/24/UE
  • art. 26 del Reglamento (UE) Nº 910/2014
  • artículo 58.2 de la LCSP
  • artículos 11.1 f) de la Ley 29/1998
  • artículos 46.1 de la Ley 29/1998

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