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Resolución 155/2020

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Hechos

La empresa MIRGI presenta un recurso contra la adjudicación del contrato, alegando que su oferta fue excluida incorrectamente. MIRGI argumenta que el error en el cálculo del precio (basado en una anualidad en lugar de dos) era subsanable y que la falta de información en el PPT impidió incluir el precio del mantenimiento de avisos fuera del horario programado. También alega falta de motivación en la valoración de las ofertas.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (artículos 44.1 a), 44.2 c), 46.2, 48, 50.1, 51.1, 53, 56.2, 57.3, 58.2, 59, 132.1, 139.1, 149)
  • Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya (disposición adicional cuarta)
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre (artículos 16, 22)
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre (artículos 21.3)

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