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Resolución 079/2018

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Hechos

El Ayuntamiento dejó sin efecto la licitación del contrato debido a una posible confusión generada por una respuesta a una consulta sobre la duración del contrato y el importe de la oferta económica. La empresa recurrente, que había sido propuesta como adjudicataria, presentó un recurso contra esta decisión.

  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 151.2
  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 41.3
  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 40.1
  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 40.2
  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 42
  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 44.4
  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 44.2
  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 46.2
  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 155
  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 47.5
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre (LCSP)
  • Ley 7/2011, de 27 de julio
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre artículo 22
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre artículo 16
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Directiva 89/665/CEE, de 21 de diciembre
  • Directiva 2007/66/CE, de 11 de diciembre
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre artículo 35.1 g)
  • Ley 29/1998, de 13 de julio artículo 10.1 k)
  • Ley 29/1998, de 13 de julio artículo 46.1

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