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Resolución
187/2020
Órgano de contratación
Licitación
Parte recurrente
Fecha de resolución
1 de junio de 2020
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
El Instituto Andaluz de Administración Pública sacó a licitación un contrato de servicios de impresión. La empresa SOLITIUM, S.L. presentó una oferta, pero fue excluida por la mesa de contratación porque, según un informe técnico, incluyó en el sobre 2 información (marca y modelo de los equipos) que debía ir en el sobre 3, lo que permitía conocer la velocidad de impresión, un criterio valorado mediante fórmula. SOLITIUM recurrió esta decisión, argumentando que la inclusión de la marca y modelo era necesaria y no permitía conocer de inmediato la velocidad de impresión. El órgano de contratación defendió la exclusión, argumentando que se rompía el principio de igualdad entre licitadores.
- Ley 9/2017
- Real Decreto 817/2009
- Real Decreto 1098/2001
- Real Decreto 463/2020
- Real Decreto 537/2020
- Ley 29/1998 Artículo 10.1 k)
- Ley 29/1998 Artículo 46.1
- Ley 9/2017 Artículo 1.1
- Ley 9/2017 Artículo 44.1.a)
- Ley 9/2017 Artículo 44.2.b)
- Ley 9/2017 Artículo 46.1
- Ley 9/2017 Artículo 48
- Ley 9/2017 Artículo 50.1 d)
- Ley 9/2017 Artículo 56.2
- Ley 9/2017 Artículo 58.2
- Ley 9/2017 Artículo 146.2
- Decreto 332/2011
- Orden de 14 de diciembre de 2011
Esta resolución cita a:
- Andalucía 275/2019 2019-09-06
- Andalucía 197/2019 2019-06-19
- Andalucía 196/2019 2019-06-19
- Andalucía 177/2018 2018-06-14
- Andalucía 82/2018 2018-03-28
- Andalucía 51/2018 2018-02-23
- Andalucía 119/2013 2013-10-08
- Andalucía 81/2012 2012-08-03
- Andalucía 59/2012 2012-05-28
- Andalucía 36/2012 2012-04-09
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