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Resolució
1124/2025
PREVISONOR, S.L. recurre la adjudicación del contrato al considerar que se cometió un error al incluir el IVA en conceptos exentos, lo que afectó la valoración de las ofertas. El Ayuntamiento de Alcasser se allana parcialmente, reconociendo que la valoración del precio debió hacerse sin IVA, pero sin estar de acuerdo con que se adjudique directamente a PREVISONOR.
- Artículo 56.2 LCPS
- Artículo 53 LCSP
- Artículo 57.3 LCSP
- Artículo 46.4 LCSP
- Artículo 22.1.1º Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, aprobado por Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre (RPERMC)
- Artículo 50 LCSP
- Artículo 51 LCSP
- Artículo 44.1 a) LCSP
- Artículo 44.2 c) LCSP
- Artículo 22.1. 3º RPERMC
- Artículo 22.1. 4º RPERMC
- Artículo 48 LCSP
- Artículo 20.Uno apartado 3º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el Valor Añadido
- Artículo 20.Uno apartado 9º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el Valor Añadido
- Artículo 75 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 102.1 de la LCSP
- Artículo 87.1 del TRLCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 10.1. letra k Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
Esta resolución cita a:
- Central 1676/2021 2021-11-19
- Central 1052/2021 2021-09-02
- Madrid 352/2017 2017-11-22
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