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Resolución
0535/2016
ADIF-ALTA VELOCIDAD excluyó a SERINCO y ATJ CONSULTORES, S.L. de la licitación para el contrato de servicios de consultoría y asistencia al proceso de expropiaciones debido a un error en el importe de los gastos suplidos en su oferta económica. Los licitadores ofertaron 10.000,00 € en gastos suplidos en vez de mantener los 30.000,00 € indicados en el pliego. Los recurrentes alegan que la cláusula era confusa y que se les debería haber permitido corregir el error.
- Ley 31/2007, de 30 de octubre (LCSE), artículos 3, 10, 16.a), 101 y siguientes, 102, 104, 104.2, 106.5
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP), artículos 40.2.b), 41.5, 1, 133, 139
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), artículo 84, 81.2
- Directiva 2004/18/CE, artículo 2
- Código Civil, artículo 1288
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, artículo 13
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículos 11.1, letra f) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 1097/2015 2015-11-26
- Central 96/2012 2012-04-17
- Central 84/2012 2012-04-10
- Central 64/2012 2012-03-06
- Central 246/2011 2011-10-18
- Central 164/2011 2011-06-14
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