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Resolución
206/2024
Vodafone recurre la exclusión de su oferta para el lote 1 del contrato de servicios de telecomunicaciones del Ayuntamiento de Puerto Real. La mesa de contratación excluyó la oferta por no incluir el proyecto técnico en el sobre 1 y por no acreditar la solvencia técnica. Vodafone argumenta que el proyecto técnico sí se incluyó en el sobre 2 y que la acreditación de la solvencia solo se exige al licitador propuesto como adjudicatario.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1 a) de la LCSP
- Artículo 44.2 b) de la LCSP
- Artículo 157.6 de la LCSP
- Artículo 50.1 c) de la LCSP
- Artículo 141.2 de la LCSP
- Artículo 1 de la LCSP
- Artículo 18 de la Directiva 2014/24/UE
- Artículo 132 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 57.4 de la LCSP
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
- Artículo 10.1 letra k) de la Ley 29/1998
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
- Artículo 75.2 de la Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Andalucía 72/2019 2019-03-14
- Andalucía 309/2018 2018-11-09
- Andalucía 230/2017 2017-11-03
- Andalucía 22/2017 2017-01-27
- Andalucía 174/2016 2016-07-27
- Andalucía 99/2016 2016-05-13
- Andalucía 420/2015 2015-12-10
- Andalucía 123/2014 2014-05-20
- Andalucía 38/2014 2014-03-03
- Andalucía 31/2013 2013-03-25
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