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Resolució 118/2011

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Fets

Prosegur recurre la adjudicación a Casesa al considerar que esta última no cumple con los requisitos de seguridad privada exigidos, como la autorización para servicios específicos y la titularidad de una central receptora de alarmas (CRA). El órgano de contratación y Casesa defienden que Casesa cumple con los requisitos y que puede subcontratar parte del servicio a una empresa autorizada.

  • Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Artículo 312 de la LCSP
  • Artículo 314.2 de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 310 de la Ley de Contratos
  • Ley 23/1992, de 30 de junio, de Seguridad Privada, artículo 5.1.f)
  • Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad privada, artículo 5
  • Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad privada, artículo 7
  • Artículo 210 e) de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 210 de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 210.2 de la Ley de Contratos
  • Artículo 210. 2. b
  • Artículo 315 de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 317.4 de la Ley de Contratos del Sector Público
  • Artículo 317.5 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre
  • artículos 11, letra f) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa

Esta resolución es citada en:

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