/
Acord
98/2025
La empresa FORESTAL DEL MAESTRAZGO S.L. fue propuesta inicialmente como adjudicataria para el suministro de pellets. Sin embargo, tras un requerimiento para acreditar su solvencia económica y técnica, la documentación presentada fue considerada insuficiente. A pesar de un trámite de subsanación, la empresa no aportó las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, presentando solo una declaración responsable. Por ello, la Mesa de Contratación acordó su exclusión y propuso como adjudicataria a la siguiente mejor clasificada, TRABOR TRADE S.L. FORESTAL DEL MAESTRAZGO S.L. interpuso un recurso especial alegando infracción del artículo 141 de la LCSP, desproporcionalidad, vulneración de la libre concurrencia y falta de motivación reforzada.
- Artículo 63.3 e) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 56.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Artículo 46.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 118 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Artículo 48 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 50 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 51 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 128 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Artículo 44.1 a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 44.2 b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 141 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 150.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 140.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 86.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 87.1 a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 87.2 a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 139 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 157.8 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 71.2 a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 76.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 140.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 339.1 d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 58 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 59 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
- Reglamento del Registro Mercantil, Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, Artículo 368
Esta resolución cita a:
- Aragó (Resolucions) 58/2025 2025-08-25
- Aragó (Resolucions) 56/2025 2025-08-18
- Central 1287/2023 2023-10-05
- Central 1423/2021 2021-10-21
- Canàries 120/2021 2021-05-04
- Central 1150/2017 2017-11-30
- Andalusia 117/2017 2017-05-31
- Central 1086/2016 2016-12-21
- Andalusia 54/2013 2013-05-02
Explorador de resolucions
- Accés fàcil a les resolucions dels tribunals de contractació
- Resums automàtics de les claus principals
- Enllaços amb licitacions, adjudicadors i recurrents