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Resolución 513/2022

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Hechos

AUTO OLSAN, S.L. interpone recurso contra la adjudicación del contrato de suministro de vehículos todo terreno. Alega que el vehículo de la adjudicataria no cumple con los requisitos y que hubo errores en la valoración de su oferta en cuanto a emisiones de CO2 y elementos de estibado. El órgano de contratación alega que las cuestiones planteadas ya fueron resueltas en un recurso anterior y solicita que se imponga una multa por temeridad.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 46 de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 44 apartados 1.a) y 2.c) de la LCSP
  • Artículo 50.1 d) de la LCSP
  • Artículo 146.2.b) de la LCSP
  • Artículo 150.1 de la LCSP
  • Artículo 157.5. de la LCSP
  • Artículo 59.1 de la LCSP
  • Artículo 57.3 de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción contencioso-administrativa, art. 28
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, artículos 10.1 letra k) y 46.1

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