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Resolución
0047/2022
Se recurre la adjudicación del contrato mixto de obra y servicios a la UTE ERRI BERRI-AFESA. La recurrente, UTE LEZAMA-LOS ÁLAMOS, alega falta de acceso a la justificación de la baja anormal de la adjudicataria, errores en la subsanación de la oferta de la adjudicataria y una incorrecta valoración de la justificación de la oferta de la adjudicataria.
- Ley 9/2018, de 7 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Ley 9/2018, de 7 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) artículos 3.3.c, 44.1, 44.2, 47.1, 48, 50, 51, 53, 55, 56.3, 57, 57.2, 57.3, 58, 102.3, 133, 133.1, 149, 149.4, 149.6, 201
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, artículo 21, 22.3, 29
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, artículo 35.1
- Ley 34/2010, de 5 de agosto
- Directiva 2007/66/CE
- Directiva 2014/24/UE, artículo 69.3
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, artículo 70, 77.1
- Ley 1/2000, de 7 de enero, artículo 335.2
- Real Decreto 1098/2001, artículo 81
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículos 11.1 f), 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 1623/2021 2021-11-19
- Central 1578/2021 2021-11-12
- Central 1134/2020 2020-10-23
- Central 1531/2019 2019-12-11
- Central 1069/2019 2019-09-30
- Central 1184/2018 2018-12-21
- Central 105/2011 2011-04-14
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