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Resolución
519/2021
La ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE EMPRESARIOS DE SERVICIOS DEPORTIVOS A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AEESDAP) interpone recurso contra la memoria, anuncio y pliegos al considerar que se incumple el artículo 100.2 de la LCSP y la justificación de los criterios de adjudicación del contrato.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1 a) y 2 a) de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 116.4 de la LCSP
- Artículo 145 de la LCSP
- Artículo 100.2 de la LCSP
- Artículo 126. 1 de la LCSP
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, artículo 10.3
- Decreto 120/2014, de 1 de agosto
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, artículos 10.1 letra k) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Andalucía 463/2021 2021-11-11
- Andalucía 344/2021 2021-09-23
- Andalucía 8/2021 2021-01-21
- Andalucía 401/2020 2020-11-19
- Andalucía 366/2020 2020-10-29
- Andalucía 229/2020 2020-07-02
- Andalucía 53/2020 2020-02-14
- Central 1350/2019 2019-11-25
- Cataluña 91/2019 2019-04-03
- Andalucía 109/2018 2018-04-25
- Andalucía 295/2016 2016-11-18
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 210/2024 2024-05-24
- Andalucía 384/2022 2022-07-13
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