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Resolución
021/2023
Órgano de contratación
Licitación
Parte recurrente
Fecha de resolución
3 de febrero de 2023
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La empresa FLOW DISEÑO, S.L. interpone un recurso contra la adjudicación del contrato a IMEGUISA, alegando errores en la valoración de los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor. FLOW argumenta que su conocimiento del proyecto debería haber sido valorado positivamente y que se han cometido errores al no considerar ciertos aspectos técnicos especificados en su oferta. IMEGUISA se opone al recurso, defendiendo la correcta aplicación de la normativa en la valoración de las ofertas. El poder adjudicador también se opone, argumentando que la evaluación respetó la discrecionalidad técnica y el principio de igualdad de trato.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 56.2 de la Ley 9/2017
- Artículo 44.1 a) de la LCSP
- Artículo 44.2 c) de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 3 de la LCSP
- Artículo 151.2 de la LCSP
- Artículo 70.1 de la LCSP
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Disposición Adicional Octava de la Ley 5/2010
- Artículo 44.1 Ley 29/1998
- Artículo 46. 1 Ley 29/1998
- Artículo 10.1 k) Ley 29/1998
- Artículo 59.1 de la LCSP
- Real Decreto–ley 36/2020, de 30 de diciembre
- Artículo 2.5 del Real Decreto–ley 36/2020
- Artículo 58.2 del Real Decreto–ley 36/2020
Esta resolución cita a:
- Euskadi 206/2022 2022-12-29
- Euskadi 175/2022 2022-11-14
- Euskadi 209/2019 2019-12-03
- Euskadi 131/2019 2019-08-09
- Euskadi 134/2018 2018-10-18
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