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Acuerdo
59/2021
Se presentan tres recursos contra la exclusión de FCC MEDIO AMBIENTE, S.A.U.” y “ACCIONA SERVICIOS URBANOS, S.L.” y la adjudicación a URBASER, S.A. del contrato de «Servicio de limpieza viaria y recogida de residuos en Calatayud». OHL SERVICIOS-INGESAN, S.A.U.” también recurre la adjudicación.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (artículos 131, 156, 56.2, 56.3, 151.2, 139.1, 46, 44.1, 44.2, 48, 53, 58.2, 59, 133)
- Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público en Aragón (artículos 17.2.a), 2, 17)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 57, 70)
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo (artículo 22.1.d)
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (artículos 10.1.k, 46.1)
- Directiva (UE) 2016/943 (artículo 2)
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
Esta resolución cita a:
- Euskadi 035/2021 2021-03-03
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