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Resolución
434/2015
Órgano de contratación
Licitación
Parte recurrente
Fecha de resolución
29 de diciembre de 2015
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
SEVERIANO SERVICIO MOVIL, S.A. interpone recurso contra los pliegos del contrato de servicio de guarda y custodia y gestión administrativa de los fondos documentales generados por los órganos judiciales de Granada. La recurrente alega que la cláusula tercera del PPT, que exige que las dependencias de la empresa adjudicataria estén ubicadas a una distancia no mayor de 30 km de la ciudad de Granada, infringe los principios de igualdad de trato, no discriminación y libertad de concurrencia.
- Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
- TRLCSP artículo 41.3
- TRLCSP artículo 42
- TRLCSP artículo 40
- TRLCSP artículo 44.2 a)
- TRLCSP artículo 142
- TRLCSP artículo 139
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común artículo 31.1
- Directiva 2004/18/CE artículo 23.2
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa artículos 10.1 letra K) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Andalucía 398/2015 2015-11-17
- Andalucía 356/2015 2015-10-22
- Andalucía 113/2014 2014-05-08
- Andalucía 29/2013 2013-03-19
- Andalucía 97/2012 2012-10-19
- Andalucía 94/2012 2012-10-15
- Central 138/2011 2011-05-10
- Central 139/2011 2011-05-10
- Central 29/2011 2011-02-08
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