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Resolució
1164/2017
Se recurre el desistimiento del procedimiento de adjudicación de un contrato basado en un acuerdo marco para la compra de espacios publicitarios. El desistimiento se basa en la imposibilidad de ejecutar el contrato en los plazos previstos en el pliego, ya que la campaña publicitaria debía realizarse en unas fechas determinadas que ya habían pasado en el momento de la propuesta de adjudicación. La empresa recurrente alega que ya había comenzado a contratar espacios publicitarios con la autorización de la Subdirección General de Promoción Alimentaria (SGPA), y que el plazo de ejecución del contrato permitía ampliar la campaña hasta fin de octubre. También considera que la constitución de la garantía definitiva implicaba la adjudicación del contrato.
- Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (TRLCSP)
- TRLCSP artículo 40.2
- TRLCSP artículo 41
- TRLCSP artículo 42
- TRLCSP artículo 47.5
- TRLCSP artículo 95
- TRLCSP artículo 99
- TRLCSP artículo 105
- TRLCSP artículo 107
- TRLCSP artículo 107.3
- TRLCSP artículo 151.2
- TRLCSP artículo 155
- TRLCSP artículo 160.2
- TRLCSP artículo 198.4
- TRLCSP artículo 206
- TRLCSP artículo 206.3
- Código Civil artículo 1272
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa artículos 11.1.f y 46.1
- Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo
Esta resolución cita a:
- Central 479/2013 2013-10-29
Esta resolución es citada en:
- Andalusia 368/2021 2021-10-08
- Central 1293/2020 2020-12-04
- Central 0410/2020 2020-03-19
- Central 0206/2020 2020-02-13
- Andalusia 390/2019 2019-11-14
- Central 0169/2018 2018-02-22
- Central 0095/2018 2018-02-01
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