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Resolución
374/2020
ASPEL interpone recurso contra los pliegos del contrato de limpieza de la Diputación de Almería, alegando que infringen los principios de libre competencia e igualdad de trato al establecer parámetros objetivos para la apreciación de ofertas anormales. En concreto, se impugna el apartado 8.7 del PCAP y el Anexo I, que considera anormales las ofertas que superen el 95% de la puntuación máxima en todos los criterios de adjudicación. ASPEL argumenta que esto permite que ofertas de menor calidad sean adjudicadas frente a otras técnicamente superiores, vulnerando el principio de mejor relación calidad-precio.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 44 apartados 1 a) y 2 a) de la LCSP
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1 b) de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 145 de la LCSP
- Artículo 149 de la LCSP
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP)
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual
- Artículo 24, apartado 1 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Artículo 10.1 letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Esta resolución cita a:
- Andalucía 233/2018 2018-08-02
- Andalucía 214/2017 2017-10-23
- Andalucía 143/2016 2016-06-17
Esta resolución aparece citada en:
- Aragón (Acuerdos) 46/2025 2025-04-15
- Andalucía 555/2023 2023-11-03
- Andalucía 450/2021 2021-11-05
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