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Resolución
091/2016
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
11 de mayo de 2016
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La UTE A3I-ASIME recurre la adjudicación del contrato a Hill International, tras ser excluida por no acreditar la solvencia económica y financiera requerida. A3I-ASIME alega que sí cumple con los requisitos de solvencia y que se han utilizado criterios de valoración discriminatorios. También argumenta que Hill International incurre en conflicto de intereses.
- TRLCSP
- TRLCSP 40.1.a)
- TRLCSP 40.2.c)
- TRLCSP 41.3
- TRLCSP 42
- TRLCSP 44.2
- TRLCSP 45
- TRLCSP 46.2
- TRLCSP 46.3
- TRLCSP 47.5
- TRLCSP 48
- TRLCSP 49
- Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público 3
- Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público 3.2
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa 10 k)
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa 46.1
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre 24.2
- Código Civil 1288
- Directiva 89/665 1
- Directiva 89/665 3
Esta resolución cita a:
- Madrid 208/2015 2015-12-09
- Central 22/2012 2012-01-17
- Central 237/2011 2011-10-12
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