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Resolución 146/2015

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Hechos

SEGUR IBÉRICA, S.A. Y CONSORCIO DE SERVICIOS, S.A. interpone recurso contra la Resolución de adjudicación del contrato de servicio de vigilancia y seguridad del Patronato de la Alhambra y Generalife. La recurrente alega falta de información facilitada por el órgano de contratación y que la empresa adjudicataria, al ser la anterior prestataria del servicio, contó con información privilegiada. También alega que un empleado de la empresa que estaba prestando el servicio fue el encargado de dirigir la visita técnica.

  • Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
  • artículo 41.3 del TRLCSP
  • artículo 42 del TRLCSP
  • artículo 40 del TRLCSP
  • artículo 44.2 b) del TRLCSP
  • artículo 47.1 del TRLCSP
  • artículo 47.4 del TRLCSP
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Decreto 216/2011, de 28 de junio
  • Ley 9/2007, de 22 de octubre
  • Orden de 14 de diciembre de 2011
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
  • artículos 10.1 letra K) y 46.1 de la Ley 29/1998

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