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Resolución
467/2025
El 17 de junio de 2025 se publicó el anuncio de licitación para la producción del plano informativo de Barcelona Bus Turístic, con un valor estimado de 1.058.400,00 euros. Se presentaron dos empresas, Alfa Printing, SL y Mailteck, SA. El 31 de julio de 2025, la mesa de contratación propuso adjudicar el contrato a Mailteck, y el 6 de agosto de 2025, el órgano de contratación adjudicó el contrato a esta empresa. El acuerdo de adjudicación se publicó el 12 de septiembre de 2025. El 16 de septiembre de 2025, Alfa Printing, SL presentó un recurso especial contra la adjudicación, alegando que la adjudicataria podría no tener los medios propios para ejecutar las tareas críticas del contrato y que podría haber una subcontratación indebida, lo que incumpliría el artículo 75 de la LCSP. El órgano de contratación se opuso al recurso, argumentando que las alegaciones eran especulaciones sin pruebas sólidas y que la cuestión de la subcontratación es propia de la fase de ejecución. Mailteck, SA también se opuso al recurso, detallando sus medios propios y negando la intención de subcontratar tareas críticas.
- Artículo 75 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 75.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya
- Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
- Artículo 44.1 a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 44.2 c) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 53 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 21 del Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Artículo 50.1 a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 51.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 48 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 16 del Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
- Artículo 51.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 76.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 215 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 57.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 58.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa
- Artículo 59 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
Esta resolución cita a:
- Cataluña 334/2024 2024-09-19
- Cataluña 176/2024 2024-05-02
- Cataluña 113/2024 2024-03-20
- Cataluña 227/2023 2023-03-29
- Cataluña 200/2023 2023-03-22
- Cataluña 344/2022 2022-12-20
- Cataluña 259/2022 2022-10-25
- Cataluña 111/2022 2022-05-18
- Cataluña 106/2022 2022-05-11
- Cataluña 64/2022 2022-03-23
- Cataluña 75/2021 2021-03-10
- Cataluña 57/2021 2021-02-24
- Cataluña 50/2021 2021-02-17
- Cataluña 35/2021 2021-02-03
- Cataluña 21/2021 2021-01-27
- Cataluña 222/2020 2020-06-30
- Cataluña 206/2020 2020-06-04
- Cataluña 191/2020 2020-05-20
- Cataluña 24/2020 2020-01-29
- Cataluña 2/2020 2020-01-15
- Cataluña 160/2018 2018-07-26
- Cataluña 118/2018 2018-06-27
- Cataluña 102/2018 2018-06-15
- Cataluña 161/2017 2017-11-16
- Cataluña 153/2017 2017-11-09
- Cataluña 152/2017 2017-10-25
- Cataluña 186/2017 2017-01-10
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