← Resoluciones

/
Resolución 459/2025

Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos

El anuncio de licitación del contrato de servicio local de teleasistencia se publicó el 16 de junio de 2025. AESTE interpuso un recurso especial contra los pliegos el 3 de julio de 2025, alegando la falta de división en lotes, la exigencia de un centro de atención de soporte en Cataluña, la determinación errónea del presupuesto de licitación y requisitos técnicos mínimos restrictivos para los terminales digitales. El Tribunal suspendió el procedimiento de licitación el 16 de julio de 2025. La Diputación de Barcelona se allanó a la alegación sobre la ubicación del centro de soporte, pero no a las demás.

  • Artículo 46 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP)
  • Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre, por el que se regula el Tribunal y se aprueba su organización y funcionamiento
  • Artículo 22.2 del Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
  • Artículo 28.5 del Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual (RD 814/2015)
  • Artículo 44.1 a) de la LCSP
  • Artículo 44.2 a) de la LCSP
  • Artículo 50.1 b) de la LCSP
  • Artículo 51.1 de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 24 del RD 814/2015
  • Artículo 16 del Decreto 221/2013
  • Artículo 99.3 de la LCSP
  • Artículo 3 del Decreto ley 3/2025, de 4 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de contratación pública (DL 3/2025)
  • Considerando 78 de la Directiva 2014/24/UE
  • Artículo 116.4 g) de la LCSP
  • Artículo 99.2 de la LCSP
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC)
  • Artículo 35.1 de la LPAC
  • Ley 12/2007, de 11 de octubre, de servicios sociales de Catalunya
  • Artículo 124 de la LCSP
  • Artículo 75 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa
  • Artículo 100.2 de la LCSP
  • Artículo 101 de la LCSP
  • Artículo 102 de la LCSP
  • Artículo 102.4 de la LCSP
  • Artículo 101.5 de la LCSP
  • Artículo 116.4 de la LCSP
  • Artículo 126 de la LCSP
  • Artículo 28.1 de la LCSP
  • Artículo 126.6 de la LCSP
  • Considerando 74 de la Directiva 2014/24/UE
  • Artículo 42 de la Directiva 2014/24/UE
  • Artículo 57.3 de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Artículo 57.4 de la LCSP
  • Artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
  • Artículo 59 de la LCSP

Esta resolución cita a:

Esta resolución aparece citada en:

Explorador de resoluciones

  • Acceso fácil a las resoluciones de los tribunales de contratación
  • Resúmenes automáticos de las claves principales
  • Enlazado con licitaciones, adjudicadores y recurrentes
Consigue acceso ¿Ya tienes cuenta? Haz login
Curso de inteligencia artificial para contratación pública