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Resolución
1202/2024
EMESA PREVENCIÓN, S.L. interpone recurso contra la adjudicación del contrato de servicio de prevención ajeno a VITALY HEALTH SERVICES, S.L. Alega que los criterios de valoración dan demasiado peso al criterio económico en comparación con los criterios técnicos, lo cual, según la recurrente, no se ajusta a la naturaleza del servicio contratado. Considera que la adjudicación no cumple con los artículos 90 y 92 de la Ley 9/2017 y que el precio ofertado por la adjudicataria no permite obtener un beneficio industrial lógico.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- artículo 45 LCSP
- artículo 44.1 a) LCSP
- artículo 44.2 c) LCSP
- artículo 48 LCSP
- artículo 50. 1 b) LCSP
- artículo 53 LCSP
- artículo 145.4 LCSP
- artículo 146.3 LCSP
- artículo 146.1, 2 LCSP
- artículo 149.2 b LCSP
- artículo 38 LCSP
- artículo 39 LCSP
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre (RPERMC)
- Real Decreto 1098/2001, artículo 85
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 47
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, artículos 11.1.f) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 1248/2020 2020-11-20
- Central 241/2012 2012-10-30
- Central 59/2012 2012-02-21
- Central 155/2011 2011-06-07
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