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Resolución 61/2020

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Hechos

Las empresas AXPE CONSULTING CATALUNYA, SL y CONSULTIA IT, SL, que se presentaron en unión temporal de empresas, recurren su exclusión del lote 3 del procedimiento de licitación al considerar que su exclusión es injustificada. Argumentan que no se les pidió aclaraciones sobre los extremos que motivaron su exclusión y que deberían haber sido requeridas nuevamente para facilitar los datos necesarios.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP)
  • Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, artículo 81.2
  • Código Civil, artículo 1.281

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