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Resolución 1555/2023

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Hechos

CEGOS presenta un recurso contra la adjudicación del segundo contrato basado en un acuerdo marco, alegando que la valoración de su oferta con cero puntos por considerarla en fraude de ley es incorrecta. TRAGSA adjudicó el contrato a PSICÓLOGOS EMPRESARIALES Y ASOCIADOS, S.A. CEGOS argumenta que sus precios no son ilusorios y que TRAGSA vulnera los principios de igualdad, confianza legítima y competencia leal.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 56.1 de la Ley 9/2017
  • Artículo 47 de la LCSP
  • Artículo 44.1 letra b de la LCSP
  • Artículo 44.2.b) LCSP
  • Artículo 48 LCSP
  • Artículo 50 de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Artículos 11.1 letra f) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa

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