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Resolución
75/2023
Órgano de contratación
Fecha de resolución
7 de febrero de 2023
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
El COLEGIO PROFESIONAL DE INGENIEROS TÉCNICOS EN INFORMÁTICA DE ANDALUCÍA interpone recurso contra el anuncio de licitación y los pliegos del contrato de servicios denominado “Desarrollo y evolución del modelo de Administración Digital de la Junta de Andalucía”. Alegan que los servicios contratados pertenecen al ámbito de la ingeniería técnica en informática y que no se exige en los pliegos habilitación profesional alguna.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1 a) y 2 a) de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 4 de la Ley 12/2005, de 31 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía
- Artículo 2 de la Ley 12/1986, de 1 de abril, sobre regulación de las atribuciones profesionales de los Arquitectos e Ingenieros técnicos
- Artículos 18.4 y 36 de la Constitución española
- Real Decreto 517/2015, de 19 de junio
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículos 10.1 letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Esta resolución cita a:
- Andalucía 66/2023 2023-01-27
- Andalucía 34/2022 2022-01-21
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