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Resolución 465/2022

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Hechos

El Grupo Municipal Popular de Écija interpone recurso contra el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Écija que aprobó encomendar a la empresa Aqua Campiña, S.A. la redacción del proyecto y ejecución de las obras de ampliación del colector de aguas residuales, así como la ampliación del plazo concesional. El recurrente alega que esta decisión vulnera la normativa de contratación pública y que la modificación del contrato debió ser objeto de una nueva licitación.

  • artículo 46.1 de la LCSP
  • artículo 10.3 del Decreto 332/2011
  • Decreto 120/2014
  • Real Decreto Legislativo 3/2011
  • Real Decreto 817/2009
  • Ley 30/2007
  • Real Decreto 1098/2001
  • Ley 9/2017
  • artículo 44 de la LCSP
  • artículo 48 de la LCSP
  • Ley 7/1985
  • artículo 63.1 de la Ley 7/1985
  • Real Decreto 814/2015
  • artículo 24.6 del Real Decreto 814/2015
  • artículo 44 apartado 2.d) de la LCSP
  • artículo 50.1 apartado e) de la LCSP
  • artículo 1 de la LCSP
  • artículo 57.3 de la LCSP
  • artículo 57.4 de la LCSP

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